Mejorar la accesibilidad en los edificios

Si en alguna ocasión te has visto en la necesidad de usar muletas o manejarte con un carrito de bebé, seguro que te has dado cuenta de las dificultades para moverte, cuando el edificio en cuestión no está adaptado. No es necesario ir en una silla de ruedas o ser una persona mayor para experimentar las tremendas complicaciones que genera la falta de accesibilidad.

Para solucionar estos problemas, existen distintas opciones que otorgarán la accesibilidad universal a un edificio.

Las rampas son una de estas opciones y posiblemente la más fácil, pero en la mayoría de las ocasiones no es posible, ya que la normativa exige una determinada pendiente según el trayecto a realizar y en la mayoría de los edificios no se dispone de este espacio.

Las plataformas salvaescaleras, son una solución perfecta en aquellos portales que cuentan con escaleras de acceso.

Los salvaescaleras son una solución sencilla que se puede adaptar a cualquier tipo de recorrido, además son plegables, lo que nos permite ahorrar espacio. Existe una gran variedad por lo que, además de poder utilizarse en las zonas comunes de los edificios, ya sean interiores o exteriores, también se pueden utilizar en viviendas particulares que cuentan con más de una planta.

Otra alternativa para llegar al ascensor si tenemos que sortear unas escaleras, es bajar el ascensor a la cota cero.

Cuando esta opción para salvar el desnivel existente entre el ascensor y el portal no es factible, existen las plataformas elevadoras verticales. Su funcionamiento es sencillo y permite que los usuarios puedan manejarse perfectamente sin ayuda de terceros, colaborando en su autonomía.

La última opción y la más importante para mejorar la accesibilidad, es la instalación de un ascensor cuando el edificio, generalmente por su antigüedad, carece de él.

La Ley General de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social del Real Decreto Legislativo 1/2013, considera un derecho el acceso a la vivienda, por lo que las obras de accesibilidad en las comunidades de edificios son obligatorias.

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